¿Qué sucedió ayer en el Congreso con la Iniciativa 6403- Propuesta de Ampliación del Presupuesto?

Durante la interpelación al Ministro de Gobernación realizada el 14 de agosto de este año, el diputado Luis Contreras presentó una moción para pausarla y discutir de urgencia la iniciativa 6403 de Ampliación Presupuestaria, basándose en un precedente legislativo de 2013. Esto generó debate sobre la legalidad de la acción. Mientras algunos diputados, apoyados en jurisprudencia de la Corte de Constitucionalidad (CC), defendieron que la suspensión es constitucional, otros la consideraron inconstitucional al contradecir el Artículo 166 de la Constitución y las reformas de 2016 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo (LOOL). Estos últimos planean llevar el asunto ante la CC para su resolución.

¿Qué sucedió ayer en el Congreso?

El Congreso se encontraba interpelando al Ministro de Gobernación. En el transcurso de la interpelación, el diputado Luis Contreras (CREO) presentó moción privilegiada para entrar a conocer la dispensa de dictamen y aprobación de urgencia nacional de la iniciativa 6403 – Ampliación Presupuestaria. El fundamento de dicha decisión es el precedente legislativo 2-2013 que permite que, con 2/3 de votos, se pause una interpelación para tratar temas urgentes de índole «económica, social o financiera», siempre que no sean de cumplimiento inmediato por mandato constitucional. Según la LOOL, los precedentes son interpretaciones aprobadas por el Pleno que sirven como fuente de derecho.

¿Es esto legal?

Existen argumentos a favor y en contra de la actuación del Congreso. Los diputados oficialistas utilizaron el Expediente 3016-2013 de la Corte de Constitucionalidad para argumentar que la suspensión de la interpelación estaba en línea con la jurisprudencia. La CC en esa oportunidad afirmó que la aplicación del precedente es constitucional, ya que permite un equilibrio necesario entre la función legislativa y el derecho a la interpelación.

Por su parte, otros diputados indicaron que lo sucedido ayer es inconstitucional, ya que contradice el Artículo 166 de la Constitución, que protege el derecho de los diputados a interpelar sin restricciones. En el mismo sentido, el diputado Arzú argumentó que es inconstitucional usar el precedente, pues éste es anterior a las reformas de la LOOL realizadas en el 2016 que crean las sesiones plenarias adicionales para conocer de asuntos de agenda legislativa cuando una interpelación se extiende por más de dos sesiones. En este sentido, indicaron que presentará acciones ante la Corte de Constitucionalidad.

Por lo tanto, está por verse si los diputados inician acciones ante la Corte y qué resolverá ésta.

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Escrito por:

Victoria Méndez Echeverría

Victoria Fernanda Méndez Echeverría

Supervisor of the Notarial and Corporate Law Department

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