Las autoridades de competencia en la región: Honduras

Bienvenidos a la segunda entrada de nuestra serie especial de publicaciones dedicadas a explorar la actividad de las autoridades de competencia en Centroamérica y América Latina. En esta ocasión, revisaremos el trabajo que ha desarrollado la autoridad de competencia de Honduras.

Bienvenidos a la segunda entrada de nuestra serie especial de publicaciones dedicadas a explorar la actividad de las autoridades de competencia en Centroamérica y América Latina. En esta ocasión, revisaremos el trabajo que ha desarrollado la autoridad de competencia de Honduras.

En Honduras, un país de contrastes y oportunidades se ha visto un panorama en el que las empresas buscan mantenerse en un mercado dinámico y en constante evolución. Las disputas por prácticas anticompetitivas y concentraciones irregulares son lo que ha captado la atención de la autoridad de competencia.

Hasta el 2014[1], se habían realizado por la Comisión un total de 39 investigaciones, de las cuales 14 han iniciado de oficio y 25 por denuncias. Asimismo, en este periodo de tiempo se tramitaron más de 70 concentraciones económicas, de las cuales 56 se han autorizado sin condiciones, 15 con condiciones y 20 no han sido autorizadas.

En el periodo de tiempo entre 2013 y 2014, se iniciaron 6 investigaciones, de las cuales 3 se cerraron por no haber indicios razonables de violación a la ley de competencia, cumpliendo así con la meta de hacer por lo menos 5 investigaciones por año[2]. Posteriormente en 2015 se resolvieron únicamente 4 expedientes sobre prácticas anticompetitivas.[3]

Cabe resaltar que sobre las operaciones que más conoce la autoridad de competencia es sobre concentraciones económicas, pues en 2020 resolvió sobre 8 concentraciones; en 2021 sobre 14 y durante el 2022 sobre 3.

Dentro de los casos que ha conocido esta Comisión, resalta la concentración de Banco FICOHSA y CITIBANK, la cual por unir a dos entidades del mismo sector podía llegar a presentar efectos negativos en el mercado, por lo que la misma fue autorizada con condiciones. La condición principal para autorizar dicha concentración, fue la de obligar al banco adquirente, es decir FICOHSA, a rendir informes anuales sobre las ganancias en eficiencia que hubieren obtenido, concentrándose en cómo éstas están siendo trasladadas a los consumidores finales, en términos de precios y calidad[4].

En conclusión, la autoridad hondureña ha trabajado sobre todo en los últimos años en el análisis de concentraciones económicas y también en fortalecer sus funciones de promoción de la competencia, pues durante el primer semestre de 2023 organizó una serie de capacitaciones sobre la importancia del Derecho de Competencia y resolvió 9 consultas, entre ellas varias de municipalidades, sobre si determinados proyectos podrían generar efectos anticompetitivos. [5] Esto es favorable, pues la autoridad de competencia hondureña ha desempeñado un rol importante en la revisión previa de normativa que podría tener efectos negativos en los mercados.


[1] Memoria Institucional 2013-2014, Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia, Honduras,

2014. Se utilizó información de estos años, pues no están disponibles memorias de labores más recientes. Ver: https://www.cdpc.hn/?q=www.memoria_int

[2] Ibídem, pag. 2. Esta meta fue establecida en la planificación operativa anual de la Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia.

[3] Se encontró información publicada hasta 2015 en la página web de la Comisión: https://www.cdpc.hn/?q=www.resolu_pac2015

[4] Resolución número 05 CDPC-2014- AÑO- IX de la Comisión para la Defensa de la Promoción de la Competencia, Honduras, 2014, disponible en: https://www.cdpc.hn/sites/default/files/Privado/Concentraciones/2014/%28NO%2005-2014%20RESOLUCION%20FICOHSA%20-%20CITIi.pdf 

[5] Ver Resumen Semestral de la Dirección de Promoción, disponible en: https://online.fliphtml5.com/uelje/iaza/#p=1

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