Taylor Swift y sus regrabaciones

En el mundo de la música Taylor Swift ha capturado la atención no solo por su talento innegable, sino también por las complejidades legales que ha enfrentado en relación con la propiedad intelectual. Ella ha emprendido un ambicioso proyecto de regrabación de sus álbumes anteriores, un movimiento estratégico que ha dado lugar a un debate jurídico, especialmente en el contexto de los derechos de autor.

En el mundo de la música Taylor Swift ha capturado la atención no solo por su talento innegable, sino también por las complejidades legales que ha enfrentado en relación con la propiedad intelectual. Ella ha emprendido un ambicioso proyecto de regrabación de sus álbumes anteriores, un movimiento estratégico que ha dado lugar a un debate jurídico, especialmente en el contexto de los derechos de autor. En primer lugar, es importante entender que los derechos de autor de la música se componen de dos partes:

  • La composición: que es generalmente, la letra de la canción.
  • El master record: que es grabación de sonido y todo lo que esto implica (la mezcla de instrumentos, voz, es decir lo que escuchamos en Spotify, Apple Music o la radio).

En el caso de Taylor Swift, ella solo posee la composición de sus primeros álbumes; no tiene los derechos de sus masters. Esto se origina de la relación contractual que Taylor mantenía con su antigua casa discográfica, Big Machine Records, y la transferencia de los derechos sobre sus grabaciones originales. Cuando firmó con Big Machine, los derechos de sus primeros álbumes fueron cedidos a esta casa discográfica, lo que significa que ella no tenía el control total sobre sus propias grabaciones. Por lo mismo, intentó comprar todos los derechos para ser dueña completamente de su música, pero debido a otras negociaciones, no pudo hacerlo.

Cabe resaltar que en el mundo de la música es común que los contratos impliquen la transferencia de los derechos maestros (master records), que son los derechos de propiedad sobre las grabaciones originales de una canción. Estos derechos son muy valiosos, ya que determinan quién tiene el control sobre la reproducción, distribución y, en muchos casos, la licencia de esas grabaciones.

Ante la pérdida de control sobre sus grabaciones originales, Taylor ideó una estrategia legalmente ingeniosa para volver a ser la dueña de su música: regrabar sus álbumes antiguos. Aunque el contrato previo de Taylor con Big Machine Records era prácticamente hermético y la Ley de Derechos de Autor de Estados Unidos de 1976 otorgaba a Big Machine Records bastantes facultades sobre la música de Taylor, ella aún pudo comenzar a regrabar sus viejos álbumes en 2020, manteniendo en su mayoría las versiones regrabadas muy similares a las originales.

¿Cómo lo logró? Debido a la interpretación que sus abogados pudieron darle a la Ley de Derechos de Autor. En la Sección 114(b) de la Ley de Derechos de Autor de Estados Unidos, sección aplicable a este caso se establece:

Los derechos exclusivos del titular de los derechos de autor en una grabación de sonido según las cláusulas (1) [hacer copias] y (2) [crear obras derivadas] de la sección 106 no se extienden a la realización o duplicación de otra grabación de sonido que consista enteramente en una fijación independiente de otros sonidos, aunque tales sonidos imiten o simulen los de la grabación de sonido protegida por derechos de autor (traducción libre de la ley original).

En otras palabras, esta sección permite a Taylor recrear una canción anterior, que es virtualmente idéntica, siempre que haga una nueva grabación de esa canción. Para reconocer esto y distinguirlas de las grabaciones originales, las canciones se han lanzado colocando una anotación en el título de cada una que hace referencia a que esta es una versión de ella: Taylor’s version. Esto se utiliza tanto para indicar que es una nueva grabación de una canción previamente grabada, así como para evitar problemas de marca que surgirían al usar un título idéntico de una canción lanzada anteriormente.

Esto le permite volver a ser dueña de los derechos maestros de sus canciones, otorgándole un mayor control sobre cómo se utilizan y comercializan esas grabaciones.

La historia de Taylor Swift y sus regrabaciones destaca las complejidades legales que pueden surgir en la intersección de la creatividad artística y la propiedad intelectual. Mientras busca reclamar el control de su musica, se ha enfrentado a obstáculos legales que su equipo legal ha sabido resolver con el fin de lograr su objetivo: ser dueña y decidir completamente sobre la música que ella escribe.

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