Andrea Calvillo

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La Asociación de Investigación y Estudios Sociales –ASIES– en los países del triángulo norte (Guatemala, Honduras y El Salvador) realizó un estudio para obtener una conclusión que permita observar la relación de la gobernabilidad en estos países y su relación con las medidas tomadas por cada uno de los estados a raíz de la crisis generada por la pandemia COVID-19. Específicamente, uno de los parámetros evaluados dentro de este estudio fue la “justicia”. Para analizar esto, nuestra socia fundadora y abogada comparativista, María Isabel, expuso cómo se utilizó el derecho comparado como una herramienta metodológica para realizar el examen del funcionamiento en los respectivos órganos de cada Estado.
Desde principios de 1931, con la publicación de autores como Carl Schmitt y Hans Kelsen nos preguntamos: ¿quién debe ser el guardián de la Constitución? En este respecto, cada uno de los Estados ha tenido la difícil tarea de determinar a qué tipo de órgano encargará esta función esencial de un Estado de Derecho.
Nuestros socios fundadores, César Sigüenza y Maria Isabel Carrascosa, participaron el día de ayer, 11 de febrero, en un webinar organizado por República. César participó como moderador y Maria Isabel como panelista experta en derecho comparado. A continuación te presentamos un resumen de sus aportes.
Nuestra socia fundadora, María Isabel Carrascosa, participó el 8 de febrero en un evento organizado por el US-Guatemala Business Council. El tema principal del evento era discutir acerca del proceso de elección de magistrados y las condiciones de la magistratura. Asimismo, fue tema puntual de la discusión las implicaciones futuras generadas por la elección de los magistrados que conforman la Corte y el rol que actores externos tienen en el proceso. A continuación, podrán leer un extracto de su participación en el evento
El derecho a veto del Presidente es una demostración de los frenos y contrapesos que existen dentro de la regulación guatemalteca, con el fin de proteger el Estado de Derecho de la República. El veto es la facultad, encargada al poder ejecutivo, de oponerse a una ley o decreto, que el Congreso le envía para su promulgación; es un acto que permite la participación del Ejecutivo en la función legislativa.Este derecho de veto no se encuentra regulado de igual forma en todos los países, en algunos existen limitaciones expresas determinadas por la Constitución y en otras ocasiones sus efectos pueden ser totales o parciales. Además, el veto en ocasiones se encuentra limitado específicamente para la aprobación del Proyecto de Presupuesto.
El 23 de junio de 2020 se presentó al Congreso, la iniciativa 5792 que dispone aprobar la Ley de Creación de la Secretaría Técnica Nacional de Acceso a la Información Pública. Según la exposición de motivos, esta tiene como fin la creación de una entidad que “no sólo tendría funciones administrativas, sino que sería un referente de transparencia y protección de datos y archivos institucionales. Sería el ente encargado de dar cumplimiento a la entrega de información por parte de todas las instituciones». El pasado 12 de noviembre, se presentó el dictamen favorable con modificaciones de la iniciativa, que ahora plantea “Reformas a la Ley de Acceso a la Información Pública”, la cual mantiene el fin de crear un órgano independiente de cualquier institución gubernamental encargado de garantizar el derecho al libre acceso a la información pública. En la presente entrada se analiza la existencia de este tipo de autoridades en la región y la importancia de su independencia.